Diferencia entre revisiones de «Teoría del Transporte Aéreo/El entorno de la aviación civil/El marco nacional del Estado Español»

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== Módulo 2: El marco nacional ==
 
Las leyes a fecha previa del 1980 en España fueron redactadas por la cúpula militar franquista, por lo que són un tanto autoritarias incluso en el ámbito civil. Para redactarlas se basaron las leyes navales existentes en la época. Durante toda la dictadura, las leyes del aire dependían del Ejército del Aire.
 
=== Ley de Navegación Aérea ===
Ley 48/1960, de 21 de julio.
 
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*Capítulo XIX: Artículos 152 a 159. De las sanciones.
 
=== Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea ===
'''Ley 209/1964''', de 24 de diciembre.
*Modificada por la '''Ley 6/1972''', de 26 de febrero.
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**Cap. III: De otras faltas.
 
=== Reglamento de Circulación Aérea ===
Real Decreto 57/2002, de 18 de enero. Es un decreto de la UE muy completo.
*'''Libro 1º.''' Definiciones y Abreviaturas.
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*'''Apéndice Z.''' Empleo del radar.
 
=== Ley de Seguridad Aérea ===
Ley 21/2003, de 7 de julio.
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*Título V: De las infracciones y sanciones. (Dato: se permite la huelga de controladores siempre y cuando existan unos servicios mínimos que garaticen plenamente la seguridad de los pasajeros).
 
=== Ministerio de Fomento ===
==== La DGAC. La autoridad aeronáutica ====
El Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura básica de los departamentos ministeriales, establece en su artículo 6 la correspondiente al Ministerio de Fomento (MFOM).
 
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Entre ellas hay que destacar las Circulares Operativas que cubren aspectos vinculados con las Operaciones en Vuelo y las Instrucciones Circulares, vinculadas con el Mantenimiento de los Productos Aeronáuticos.
 
==== La CIAIAC ====
La '''Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil''' ('''CIAIAC'''), fue creada mediante el Real Decreto 389/98, de 13 de marzo, de acuerdo con el anexo 13 del Convenio de Aviación Civil Internacional de 1944 y en aplicación de la Directiva Europea 94/56/CE, de 21 de noviembre, por la que se establecen los principios fundamentales que rigen la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil, está adscrita a la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento (no a la Dirección General de Aviación Civil), y es el organismo oficial encargado de realizar la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil que se producen en territorio español.
 
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#Reglamentariamente se determinarán el procedimiento de designación de los miembros del Pleno y las reglas de funcionamiento de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil.
 
==== La CEANITA ====
La Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA), con distintas denominaciones, ha venido funcionando desde 1980 como un grupo de trabajo estable al servicio de las autoridades aeronáuticas, realizando estudios, formulando propuestas de actuación a los órganos administrativos competentes en materia de navegación aérea y publicando anualmente una memoria en la que se recogen las estadísticas de los sucesos notificados y se analiza el riesgo que los mismos comportan para la seguridad aérea.
 
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Los órganos Administrativos, Corporaciones y Entidades, Públicas y privadas, representados en la Comisión designarán a los Vocales de la misma. El Subdirector general de Sistemas de Navegación Aérea y Aeroportuarios designará a su Secretario.
 
==== Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. AENA ====
Creada por la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, Artículo 82.
 
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*Sabadell (LELL).
 
==== SENASA, Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles S.A. ====
SENASA es la Sociedad Estatal que nace como evolución de la Sociedad Estatal, Escuela Nacional de Aeronáutica, ENA, que desde 1974 desarrollaba en exclusiva la formación de pilotos comerciales en España.
 
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*Las demás actuaciones inspectoras de carácter técnico o especializado que según el Art. 22 de la Ley de Seguridad Aérea 21/2003, el Ministerio de Fomento considere oportuno encomendar a SENASA.
 
=== El marco asociativo y profesional en España ===
*Asociaciones de Líneas Aéreas: '''AECA''' y '''ALA'''.
*Asociaciones de Empresas Aéreas y Pilotos: '''AECTA, AEFA''' y '''AOPA'''.
*Colegios profesionales: '''COIAE''' y '''COPAC'''.
*Asociaciones sindicales/profesionales: '''ASPA, SEPLA, USCA''' y '''APYTHEL'''.
==== AECA ====
'''Historia:'''
 
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*GRUPO VII: otros como Aseguradoras, Bancos, Escuelas de Formación, Mutuas, Hoteles…
 
==== AECTA ====
 
'''Origen:'''