Diferencia entre revisiones de «Derecho romano/El Derecho postclásico.»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
Etiqueta: Revertido
Hasley (discusión | contribs.)
m Revertidos los cambios de 201.249.160.102 (disc.) a la última edición de Romaaeterna3
Etiqueta: Reversión
Línea 3:
La ''crisis del siglo III'' terminó con la ascensión del emperador romano Diocleciano en el 284 dC; esto comenzó el Dominio, la fase posterior llamada "despótica" del gobierno imperial, que siguió al período anterior conocido como el Principado. Diocleciano intentó una tetrarquía (293-313 d. C.), que dividía el Imperio Romano en este y oeste con dos emperadores mayores (''Augusti''), junto con dos emperadores menores y sucesores designados (''Césares'').
El Derecho se configura estatalmente y se diluyen y burocratizan las escuelas de Juristas. Como indicaría Eugéne Petit el derecho como ciencia esta herido de una verdadera decadencia y se hace precisa su codificación o compilación tanto de las ''Leges Principium'' (''Constituciones Principium'', ''Gregorianum'', ''Hermogenianum'' y ''Teodorianum''), como de la compilación y codificación de ''iuras'' que son los escritos de juristas clásicos..
 
 
[[Categoría:Derecho romano]]