Español/Sintaxis/El caso

Por caso se entienden dos nociones distintas:

Caso morfológico editar

El caso morfológico es un morfema que indica la función que una palabra puede realizar en la oración. En español el morfema de caso se aplica solamente a los pronombres (es lo que varía en la serie yo-me-mi-conmigo), y de manera un tanto irregular (de hecho, la pérdida del morfema de caso es la causa de una serie de errores gramaticales muy comunes entre los españoles: leísmo, laísmo y loísmo). Así, distinguiríamos los siguientes casos (se muestra sólo el singular):

Caso función 1ª persona 2ª persona 3ªpersona
Nominativo sujeto Yo Él
Acusativo objeto directo me te lo/la (se)
Dativo Objeto indirecto me te le (se)
Preposicional OD/OI/otro ti Él(sí)
Instrumental CC instrumento/compañía conmigo contigo consigo

se asigna caso al usar pronombres o articulos alfinal de un verbo para volverlo complemento de objeto indirecto.

Caso sintáctico: Asignación de caso editar

En su artículo The case for case, Fillmore definió el "caso" como una propiedad abstracta que permite explicar en qué casos puede añadirse un nombre a una oración. Todo nombre ha de recibir caso mediante una preposición (que asigna caso a un nombre), mediante un verbo (que asigna caso nominativo a un nombre, y si es transitivo asigna además caso acusativo a otro) o mediante una inflexión verbal.

Este concepto, propio de la gramática transformacional, se suele enunciar como un principio lingüístico: *X si X es un nombre y no recibe caso que sirve, por ejemplo, para explicar por qué las oraciones:

  1. Ella a María le gustan las aceitunas y
  2. María quería Juan llamar a Pedro

son agramaticales.

En el caso de la primera oración, hemos añadido un falso sujeto (Ella) a una oración que ya tenía sujeto (aunque no lo parezca, el sujeto es las aceitunas, que concuerda con gustan). El verbo está asignando caso nominativo a las aceitunas, y por tanto no puede asignar caso a Ella. Por eso a las oraciones que no tienen sujeto omitido no se les puede añadir un sujeto.

La agramaticalidad de la segunda oración se explica por el hecho de que el verbo en infinitivo no puede asignar caso; por tanto, María quería llamar a Pedro es gramatical y María quería que Juan llamara a Pedro, también; pero María quería Juan llamar a Pedro no, puesto que el nombre Juan no recibe caso.


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