Chile y Latinoamérica en el siglo XX/La huella de la Ley Fundamental en Chile: las primeras constituciones

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Chile y Latinoamérica en el siglo XX



Introducción editar

La Constitución es la ley fundamental de un Estado, que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política. Se analizará su historia, en especial entre 1810 a 1833, y a través de este estudio se podrá notar que existieron muchas Constituciones, lo que genera la primera interrogante: ¿por qué hubo tantas Constituciones entre 1810 a 1833? Gracias a esta interrogante surge otra, también de especial importancia: ¿de qué manera contribuyeron y sirvieron estos primeros ensayos constitucionales para la actual Ley Fundamental de Chile? La respuesta a la principal pregunta se desarrollará en dos ideas; la primera, ha de ser un resumen del contenido de cada Constitución entre dichas fechas, y la segunda será una interpretación a partir de la primera idea, ya que sólo allí se puede encontrar la respuesta a la interrogante. Como tercera idea, se dará a conocer el aprendizaje que Chile logró conocer a raíz de esta etapa, la etapa de nacimiento y creación de su Ley fundamental: la Constitución. Esta búsqueda puede denominarse como la huella de la Ley Fundamental de la Constitución chilena.

Las primeras Leyes fundametales editar

La primera Ley Fundamental chilena, nació producto de la Primera Junta Nacional de Gobierno que se estaba desarrollando en Chile, así como también en las distintas Colonias españolas en América, por motivo de la captura del rey de España, Fernando VII, por Napoleón Bonaparte y por otros factores tanto externos como internos del país en cuestión, la cual se promulgó en el año 1811, bajo el nombre de “Reglamento para el arreglo de la autoridad ejecutiva provisoria de Chile de 1811”, promulgada el 14 de julio del mismo año, en el cual se destacaban el establecimiento de un gobierno Ejecutivo de tres miembros, y un Congreso unicameral, que tenía una marcada tendencia política Conservadora, además de haber sido leal al Rey de España. Este acontecimiento, del cual José Miguel Carrera no estaba conforme, lo hace organizar y encabezar un golpe al congreso, cuya consecuencia fue la disolución de ésta el 2 de diciembre de 1811. Una de las importantes tareas creadas e impulsadas por Carrera, fue el “Reglamento Constitucional Provisorio de 1812”, la que sería la segunda Constitución, que establecía un Poder Ejecutivo de tres personas y un Legislativo unicameral de siete (Senado Consultivo). Este Reglamento constaba de 27 artículos, en el que se destaca por ser el primer reconocimiento a la soberanía de Chile y a la autonomía de sus gobernantes.

La situación política y militar del país no funcionaba bien, por el constante enfrentamiento entre realistas y patriotas. Un resultado de esto fue la destitución de José Miguel Carrera de su cargo, y por ende su Reglamento fue reemplazado por uno nuevo, el “Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814”, promulgado el 7 de mayo, el cual crea un Ejecutivo unipersonal, con el nombre de Director Supremo, al cual se asignan amplias atribuciones con el objeto de hacer frente el problema bélico existente, y que mantiene al senado, integrantes conformados por siete personas.

O'Higgins y la organización republicana editar

El fin de la guerra entre patriotas y realistas llega junto con la declaración de Bernardo O’Higgins el 12 de febrero de 1818, y ese mismo año se redacta la “Constitución de 1818”, la cual establece un ejecutivo unipersonal en la forma de Director Supremo, al cual se asignan amplias atribuciones, pero su poder es limitado, por la existencia de otros dos poderes del Estado, del cual al Legislativo se nombran cinco senadores permanentes e igual número de suplentes, todos nombrados por el Director Supremo. Además se determinan las facultades y límites del poder ejecutivo; establece una autoridad judicial, creando un Tribunal Superior; se establece una administración provincial de tres provincias (Coquimbo, Santiago, y Concepción); y fija la religión Católica Apostólica y Romana como la oficial del Estado.

Después de cuatro años de duración de la Constitución de 1818, O’Higgins crea la “Constitución de 1822”, que no fue bien vista por los ciudadanos de la época, ya que pensaron que sería un intento para que O’Higgins siguiera al poder, como Director Supremo, por más años. Esta situación crea una inestabilidad en el gobierno. A pesar de esto, la Constitución de 1822, tiene como contenido el haber declarado expresamente la independencia de los tres poderes del Estado, de fijar un plazo para la duración del mandato presidencial, de proponer un sistema legislativo, y crear los ministerios de Hacienda, Relaciones Exteriores, Marina y Guerra.


Etapa de Ensayos Constitucionales, mal llamada "La Anarquía" editar

La inestabilidad en el gobierno, produce el levantamiento de las provincias y con ello, la renuncia de O’Higgins. Su cargo es otorgado a Ramón Freire Serrano, quien dicta la “Constitución de 1823”, ideada por el Jurista Juan Egaña. Esta Constitución es conocida como la “Constitución Moralista” (además de ser de una marcadísima tendencia conservadora y autoritaria), porque constaba de elementos morales, políticos y religiosos. Esta Constitución reconocía al Poder Ejecutivo como el gran poder del Estado, cuyo mandatario sería un Director Supremo quien ejercerá por un período de cuatro años, y sería reelegible por una sola vez; el Poder Legislativo, estaría constituido por un Senado y una Cámara Nacional. Además se estableció un requisito de religiosidad para ser ciudadano, y se fijó control y censura para las relaciones entre las autoridades y los ciudadanos. Como esta Constitución fue impracticable, se derogó a los dos años desde su promulgación, hasta que en 1826 se destaca un ensayo constitucional entre muchos que se habían propuesto. Este nuevo ensayo es “El Ensayo Federal”, aprobado por el congreso el 14 de julio de 1826, de ideología liberal, en el cual se declara que la República de Chile se constituye como un régimen federal. Posteriormente, se organiza el sistema municipal, dividiendo el país en 8 provincias, y determinando a elección popular a los Cabildos. Cada una de las provincias tendría además, una Asamblea de elección popular con carácter legislativo.

En el año 1827, el congreso quiso preparar el proyecto de nueva Constitución, y para ello se decide preguntar a las provincias. La respuesta fue negativa. Todas las provincias estaban en desacuerdo con el federalismo y con el desorden que éste causó, en el ámbito político, económico y geográficos producto de su ideología. Ese mismo año, el Congreso tiene que dejar sin efecto los pasos dados hacia la instauración de una Constitución.

Ya en el gobierno interino de Francisco Antonio Pinto, y pese al caos reinante, se dicta la “Constitución de 1828”, elaborada por el Ministro del Interior subrogante José Joaquín de Mora y el diputado Melchor de Santiago Concha Cerda. Esta Ley Fundamental se aprobó el 6 de agosto. Fue confeccionada bajo tendencia liberal, considerada como la más completa y de contenido superior a las constituciones promulgadas hasta aquella fecha, pero en su contenido, no representaba el realismo cultural y social del país en la época. Lo que si destacó de ésta Constitución fue que se establecía una independencia de los tres poderes de Estado, determinando que el país sería dirigido por un Presidente, elegido por votación indirecta de los electores. Los gobiernos durarían cinco años, con derecho a reelección por la misma cantidad de tiempo. También, se podría elegir a un Vicepresidente de igual manera que el anterior (Presidente), y este último (Vicepresidente), podría gobernar en caso de imposibilidad de cualquier tipo del Presidente; El Poder Legislativo residiría en: cámara del Senado y Cámara de Diputados; se mantiene la división del país en 8 provincias, que se manejarían con independencia del poder central; además se establece la tolerancia religiosa y su culto privado. Una vez promulgada esta constitución se pudo elegir a Francisco Antonio Pinto, como presidente, pero en el caso del vicepresidente, no hubo consenso, lo que desató una guerra civil.

Con la batalla de Lircay, en 1830, se da por finalizada esta guerra civil, en la que triunfa Diego Portales, ocasión en que se declara como Presidente de Chile a José Tomás Ovalle, cuyo mismo Diego Portales es uno de sus ministros, el cual pasará a tomar parte en la formación de una nueva Ley Fundamental, que sería la más larga de nuestra historia republicana chilena: 92 años de duración. Es esta Constitución la que da, al fin, estabilidad al país durante largo tiempo.

La constitución de 1833 editar

En el gobierno de Joaquín Prieto Vial (1831- 1841), se dicta la “Constitución de 1833”, que tiene las ideas y pensamientos de dos personajes históricos en nuestra historia, los que fueron Mariano Egaña y Diego Portales. Su contenido da tal estabilidad, que dura hasta el año 1925, con algunas modificaciones. Los aspectos generales que tiene esta Ley Fundamental, es la determinación de un período presidencial de cinco años, con derecho a reelección inmediata por igual período, otorgando al Presidente un gran poder para mantener la seguridad pública (incluyendo el estado de sitio); la facultad de nombrar y remover las autoridades gubernamentales, locales, y judiciales; ejercer el patronato sobre la iglesia; y la posibilidad de vetar los proyectos de ley tramitados por el legislativo. Como resumen de esto último, la “Constitución de 1833”, da una gran influencia al presidente. A esto se le llama y conoce como Presidencialismo. También esta Ley fundamental se caracterizó por su Conservadurismo, y, además el tener un poco de autoritarismo (esto último se ve reflejado en la frase de Portales al decir: “El gobierno debe ser centralizado, autoritario y fuerte”).

Por otro lado, la Constitución de 1833, elimina la elección del cargo de Vicepresidente, el cual ha de ser ejecutado por el Ministro del Interior (cargo que tiene la misma responsabilidad hasta el día de hoy); ha de establecerse por primera vez, el principio de fijar los límites territoriales; se otorga también la facultad fiscalizadora a la Cámara de Diputados, a la que además se da la atribución de aprobar el presupuesto de la Nación; y en materia de libertades, se garantiza la igualdad ante la ley, la inviolabilidad de las propiedades, entre otras.

Análisis del fenómeno constitucional chileno editar

La segunda idea, es el análisis de los párrafos anteriores, ya que sólo en ellos se puede encontrar respuesta al por qué se sucedieron tantas Leyes Fundamentales. La respuesta es “inestabilidad política”, que desciende desde la primera Constitución de 1811, hasta la de 1833, la cual, esta última otorga estabilidad para el país. Esta inestabilidad tiene su explicación en varios factores:

1º. Las constituciones que existieron entre 1810 a 1833, fueron elaboradas por una de las dos tendencias más potentes del momento, en aquella época (liberales y conservadores), por lo cual, siempre existió un desacuerdo político, es decir, si había una Constitución Liberal, los Conservadores se oponían a ésta por diferentes motivos (en especial ideológico), por lo tanto causaba desacuerdo y esto, a su vez inestabilidad.

2º. Influyó en la inestabilidad la inexperiencia, tanto de liberales, como conservadores, producto de que ambos, en la era colonial, pertenecían al sector social de los “criollos”, los cuales no ejercían cargos públicos de gran importancia (con excepción de los Cabidos, que sí podían ser los criollos), como los peninsulares que ellos si tenían experiencia, por ende, los criollos tenían un conocimiento y experiencia de gobernabilidad en una nación, casi nulas.

3º. La situación interna del país, tanto económica como militarmente, durante ese tiempo, no fue la mejor, ya que Chile estaba en plena guerra de la independencia. Posteriormente, se sucedían enfrentamientos internos, como lo que se conoce como anarquía, entre liberales y conservadores, que no permitían una seguridad al país y sus habitantes, a causa de ésto, los sectores políticos luchaban para poder tener el gobierno en sus manos, y con ello su pensamiento enmarcado en la Constitución.

4º. Muchas de las Constituciones que existieron entre 1810 a 1833 fueron copiadas, tomando como modelos, de constituciones extranjeras, lo cual nunca resultó porque la situación vivida en el extranjero fue diferente a la vivida en nuestro país. Un gran ejemplo de esta situación, fue el Ensayo Federal, que pretendió copiar el modo de constitucionalidad Norteamericana, sin embargo no tuvo éxito, por no haber sido aceptada por todas las provincias del país, ya que colaboró, a un desorden, como lo fue la administración geográfica del país.

Las constituciones del siglo XIX y su influencia en el siglo siguiente editar

La tercera idea del tema en cuestión, es: ¿de qué sirve lo sucedido con las constituciones dictadas en esa época en la actualidad? O mejor aún: ¿De qué manera contribuyeron y sirvieron estos primeros ensayos Constitucionales para la actual Ley fundamental de nuestro país? La respuesta se centra en la estabilidad que brinda una constitución elaborada en un gobierno sólido y fuerte, basándose en la propia situación interna del país, sin tener que copiar una Ley Fundamental extranjera. Esto se explica, ya que después de la Constitución de 1833, surgió otra en 1925, en un gobierno de estabilidad política, militar, etc., y que basó su contenido en lo que el país vivía, acorde a ese tiempo, lo que permitió, una larga duración. Pero en 1973, hubo algo que se conoce como “el quiebre institucional”, gracias al golpe de Estado que afectó a Chile. Ya en pleno régimen militar, en el año 1980, el gobierno militar promulga una nueva Constitución.

Existe un gran debate acerca del hecho ocurrido el 17 de septiembre de 2005, el cual dice que: “el Presidente Ricardo Lagos firma una nueva Ley Fundamental” (según afirman algunos historiadores y críticos), y la otra que “el Presidente Ricardo Lagos firma simplemente unas reformas a la Constitución de 1980” (según algunas personas de importancia social, y otros historiadores), sin embargo, lo realmente importante, para este tema, es que nace precisamente de las miradas a la historia, hacia la época de múltiples ensayos constitucionales, en el cual hubo muchos errores e inestabilidad, de lo cual se pudo destacar aquella frase que dice: “de los errores de aprende”, por lo tanto a partir de 1833 y hasta ahora, se elaboran Leyes Fundamentales acorde a los tiempos en que se promulgan y también a la originalidad de la Constitución, para que sólo afecte al país en cuestión.

En conclusión, Chile tuvo y tiene huellas en materia de Leyes Fundamentales, que le permitieron crecer y fortalecerse como nación, pero para que eso sucediese, Chile afrontó problemas, que se explican en la inestabilidad de un período en “anarquía”, donde se sucedieron muchos ensayos constitucionales, por tratar de imitar modelos extranjeros, lo cual fue un grave error, sin embargo fue un período muy breve (entre 1811 a 1833), debido a la aparición de un líder político, que afirmó la institucionalidad en el país, mandando redactar la Constitución de 1833, que perduró casi durante un siglo en Chile. Esta figura fue Diego Portales, quien terminó con los bandos políticos y con el caudillaje y reorganizó el Ejército, haciéndolo fiel al ejecutivo. Tuvo una política autoritaria con la que consolidó el país de la época, dándole una base sólida y estable al constitucionalismo chileno y al Estado de Derecho; por lo tanto, así terminaba un período de “inestabilidad”, que logró servir para el desarrollo de todas las demás constituciones que rigieron Chile desde 1833 hasta hoy. Esta inestabilidad se explica gracias a la inexperiencia en gobernación por parte de los criollos (quienes fueron los Aristócratas y burgueses- Conservadores y Liberales, respectivamente), en esta nueva era histórica de Chile, a partir de 1810; otro motivo fueron las diferencias o desacuerdos de pensamientos entre los bandos políticos conservadores y liberales, y por último las fallas en los contenidos que presentaron algunas constituciones, a causa del querer copiar constituciones extranjeras.

Es muy importante rescatar que un país cualquiera sin una Constitución propia, creada según la situación del país y acorde a los tiempos, puede generar el caos y el desorden público, como la del Estado y demás organizaciones del país. En definitiva, y a través de la historia, podemos decir que Chile aprendió a golpes y porrazos como debía realmente organizarse por medio de la gran Ley Fundamental, y terminar con el desorden e inestabilidad que nuestro país vivía; por lo tanto y hasta este momento, lo que crea una Nación de igualdad, es la constitución nacida en la “democracia” (apreciación personal) y que sea capaz de representar a todas las personas y no a una ‘fracción social’ o pequeño grupo, como dijo alguna vez Andrés Bello, para siempre tener orden y estabilidad...